LEVANTAMIENTO DE MEDIDAS CAUTELARES SOBRE INMUEBLES

Levantamos Medidas Cautelares sobre Inmuebles: soluciones rápidas y seguras con asesoría experta.


Sabemos que una medida cautelar puede generar incertidumbre. Nuestro equipo de expertos está aquí para solucionar tu caso con transparencia y compromiso.


Gestión eficaz y profesional de trámites judiciales.


Cuando la medida cautelar que se encuentra anotada agota su finalidad, se puede ordenar en forma expresa en cualquier momento de la vigencia de la medida cautelar, que se anote su “levantamiento” en la inscripción de dominio, siempre y cuando no hayan transcurrido más de 5 años desde su inscripción.

Debe consignar obligatoriamente la inscripción de dominio donde se encuentra anotada la medida, y el número y fecha de presentación en el Libro Diario de la medida a levantar. En caso de que la medida se encuentre caduca se anota “como nota de caducidad”.

Levantamiento de Subasta

Qué son:

Es la cancelación o suspensión de una subasta judicial o administrativa que involucra un bien inmueble, generalmente debido a que se considera que no se han cumplido los requisitos legales o existen irregularidades en el procedimiento.

Requisitos para inscribir:

Orden judicial o resolución administrativa que disponga el levantamiento de la subasta.

Duración: El levantamiento de la subasta permanece vigente mientras se resuelve el motivo que provocó la suspensión. Se puede mantener hasta que se restablezca el proceso o se resuelva el conflicto.

Destinatario de la medida: La medida recae sobre el propietario del inmueble que estaba sujeto a la subasta, protegiendo su propiedad hasta que se resuelva el problema.


No dejes que las medidas cautelares limiten tu patrimonio. Contáctanos hoy para recibir asesoramiento experto. Más de 40 años de experiencia avalan nuestra trayectoria.

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